En esta ocasión consultores Gleón nos comentan ¿Cómo aceptar o rechazar la herencia?, el heredero que acepte o rechace la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado, tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente a beneficio de inventario, e incluso rechazarlo sino no es de conveniencia.
Si quieres saber más sobre este tema y muchos más, te animamos a escuchar a nuestras amigas de Gleón todos los Viernes a las 9.00 am por Dynamisradio.
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